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La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos cancelar sus deudas de forma legal cuando no pueden hacerles frente, ofreciendo una salida real a situaciones de sobreendeudamiento. El trámite implica una fase extrajudicial de acuerdo con acreedores y, si no se alcanza, un procedimiento judicial para obtener el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).
Solicitar informaciónTrámites Ley Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad ofrece una solución a quienes sienten que sus deudas no tienen fin. Aunque puede ser la clave para un nuevo comienzo, este proceso conlleva una serie de trámites, algunos más complejos que otros.
Antes de embarcarte en este procedimiento, es necesario que entiendas cada paso para gestionarlo de manera eficaz. Te ofrecemos toda la información necesaria para que tomes decisiones informadas y consigas la mejor resolución para tu situación.
Durante el proceso concursal se llevarán a cabo diversos trámites que involucrarán a distintas partes, como el deudor, los acreedores, el administrador concursal, el juez, entre otros expertos.
Solicitudes y comunicaciones:
Si la negociación no es viable, trabajamos para que puedas acogerte al Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), permitiéndote empezar de nuevo sin el peso de tus deudas pasadas.
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Nuestro equipo te ayuda a encontrar la mejor solución legal para tu caso. Al optar por la Ley de Segunda Oportunidad, no sólo eliges un camino hacia la eliminación de tus deudas, sino que también inviertes en un futuro más estable.
EMPIEZA DESDE CERO HOY MISMOAcogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es un proceso efectivo, pero también complejo, que requiere de la supervisión y apoyo de un experto.
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La Ley de la Segunda Oportunidad ofrece a personas físicas y autónomos la posibilidad de eliminar legalmente sus deudas cuando no pueden pagarlas, brindando una solución efectiva al sobreendeudamiento. El proceso comienza con un intento de acuerdo extrajudicial con los acreedores y, si no se logra, continúa con una vía judicial para solicitar el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).
Solicitar más informaciónPara acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad se deben realizar varios trámites, entre ellos: comunicación de negociaciones pre-concursales, solicitud de concurso, nombramiento de mediador o administrador concursal, presentación del plan de pagos o liquidación, y solicitud de exoneración de deudas.
Intervienen distintas figuras: el deudor, los acreedores, el juez, el administrador concursal, un mediador si lo requiere el caso, y en algunos casos un experto en reestructuración.
Dependerá del tipo de procedimiento y de tu situación económica. Si deseas evitar la liquidación de bienes, deberás presentar un plan de pagos que se adapte a tus ingresos y que deberá ser aprobado judicialmente.
Si no cumples con lo establecido (como el plan de pagos), los acreedores pueden solicitar la revocación de la exoneración, lo que reactivaría tus deudas.