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Plan de pagos

Redactado por Ana González

El plan de pagos es una alternativa dentro de la Ley de Segunda Oportunidad que permite al deudor evitar la liquidación de sus bienes. Consiste en pagar parte de la deuda en un plazo determinado, según la capacidad económica. Debe ser aprobado por un juez y supervisado durante su cumplimiento.

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Plan de pagos

¿Sabías que existe una forma legal de liberarte de tus deudas y empezar de nuevo? El plan de pagos, regulado por la Ley de Segunda Oportunidad, es una de las dos vías para conseguir la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI).

¡Descubre cómo funciona y comienza tu camino hacia una nueva estabilidad financiera!

¿Qué es un plan de pagos establecido por la LSO?

El plan de pagos en la Ley de Segunda Oportunidad, es un mecanismo legal diseñado para reestructurar las deudas de personas insolventes. Permite a los deudores proponer un calendario de pagos que establece nuevos plazos para saldar parte de su deuda, detallando los recursos que destinarán tanto a esas obligaciones como a otras ineludibles.

Es una forma de facilitar al deudor asumir sus obligaciones pendientes de manera más manejable. Una vez aprobado el plan, se consigue una exoneración provisional que se será definitiva al cumplir los pagos acordados.


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Cómo el plan de pagos puede ayudarte a saldar tus deudas

El plan de pagos, regulado por la Ley de Segunda Oportunidad (Ley Concursal), es una alternativa para que un deudor logre la exoneración de sus deudas sin necesidad de liquidar su patrimonio.

Puede ayudarte de la siguiente manera:

Conservación de la vivienda habitual: Es posible si el plan tiene una duración de cinco años.

Eludir la liquidación: El deudor puede conservar su patrimonio y retrasar ejecuciones de deudas.

Dividir pagos: Permite fraccionar los pagos de la deuda pendiente en plazos manejables.

Beneficios para hipotecas no ejecutadas:

Excluir deudas específicas:

Exoneración provisional: Se obtiene al aprobarse el plan.

Exoneración definitiva: Se consigue al cumplir el plan o en situaciones asimiladas.


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¿Qué diferencia la exoneración provisional de la definitiva?

La Ley de Segunda Oportunidad establece dos tipos de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI):

Exoneración provisional

Se concede cuando el deudor opta por seguir un plan de pagos:

Exoneración definitiva

Puede obtenerse de dos formas:


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Qué debe aparecer en un plan de pagos

El plan de pagos propuesto en la Ley de Segunda Oportunidad debe incluir lo siguiente:

Factores que determinan la aprobación del plan de pagos

El juez es quien evalúa la viabilidad del plan de pagos y decide su aprobación. Una vez aprobado, los acreedores tienen la oportunidad de revisarlo y presentar objeciones o sugerir medidas relacionadas con la administración de los bienes del deudor durante la duración del plan.

Los acreedores pueden no oponerse al plan y aceptarlo por varias razones:

¿En qué casos no se aprueba el plan?

Deudas exonerables con el plan de pagos

Las deudas que se consideran exonerables son las siguientes:

Si el deudor no las incluyó en el plan.


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Exoneración de deuda

Si la negociación no es viable, trabajamos para que puedas acogerte al Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), permitiéndote empezar de nuevo sin el peso de tus deudas pasadas.

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¿Pueden revocar la EPI que he conseguido con un plan de pagos?

Lamentablemente sí. La exoneración de pasivo insatisfecho (EPI) obtenida mediante un plan de pagos puede ser revocada bajo ciertas circunstancias:

En algunos casos, se puede hacer una excepción en los dos primeros puntos si el incumplimiento del plan se debió a una situación imprevista, como un accidente o enfermedad grave, siempre que hayas respetado y cumplido con las cesiones comprometidas.

Aspectos importantes del plan de pagos

Cuando vas a desarrollar tu plan de pagos con tu abogado, es fundamental que consideres los siguientes aspectos:

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Así de sencillo y rápido es. En la mayor brevedad, uno de nuestros profesionales te contactará para asesorarte y ofrecerte las mejores opciones adaptadas a tu situación.


FAQs Plan de pagos

El plan de pagos es una opción contemplada en la Ley de la Segunda Oportunidad que permite al deudor conservar su patrimonio. Consiste en devolver una parte de la deuda en un periodo establecido, ajustado a su situación financiera. Requiere la aprobación judicial y está sujeto a control durante su ejecución.

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